Despenalización del aborto en Sinaloa es una completa irresponsabilidad: Luis de la Rocha

Fecha: 23/03/2022 | Autor: Thania Muñoz | Categoría: Noticia

Culiacán, Sinaloa a 23 de marzo del 2022.- Entrevistado en noticiero radiofónico matutino bajo la conducción del Dr. Héctor Muñoz, el diputado local por el PRI y presidente de la comisión de desarrollo económico en el congreso del estado del Sinaloa, Luis de la Rocha; hablo sobre temas relacionados a agenda legislativa y principalmente su postura respecto a la reciente aprobada despenalización del aborto en la entidad.

Fue precisamente el pasado 8 de marzo cuando en el congreso de Sinaloa, en medio de protestas a favor y en contra, sobre la despenalización del aborto en la entidad y el diputado local priista Luis de la Rocha, expresó su postura en contra y asimismo hizo un llamado urgente a las autoridades para que sean conscientes y legislen cociente mente sobre las leyes y reformas que se están trabajando en la actual legislatura.

El diputado local, aclaro que no cuestiona el aborto, sino el procedimiento y la falta de seriedad entre los integrantes de las comisiones unidas que discutieron el tema y no hubo tiempo para analizar esta importante reforma a la constitución local, código penal y ley de salud.

El dictamen aprobado indica que las reformas propuestas sobre los servicios para la interrupción legal del embarazo en condiciones de calidad y salubridad cumplen con los estándares internacionales, y que la interrupción en las instituciones públicas del sector salud será un servicio gratuito.

“Las instituciones públicas de salud están obligadas a garantizar la oportuna prestación de los servicios y la permanente disponibilidad de personal médico y de enfermería suficiente de carácter no objetor para asegurar que se preste la atención médica en la mejor de las condiciones posibles”.

A la mujer o persona gestante que interrumpa el embarazo después de las 13 semanas se le impondrá una amonestación, y de uno a tres meses de medidas integrales, mismas que corresponderá decretar a la autoridad judicial y podrán ser en materias de salud, educación o de cualquier índole, tendentes a la protección y orientación social de la persona sancionada.

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