INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA CAROLINA MONROY DEL MAZO, INTEGRANTE DE LA FRACCIÓN PARLAMENTARIA DEL PRI EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS, PARA HABLAR SOBRE EL DICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN XX AL ARTÍCULO 8 DEL REGLA

Fecha: 29/04/2016 | Autor: Rocio Berenice Valdez Garcia | Categoría: Noticia

Buenas tardes tengan todas y todos ustedes. Con su permiso señor presidente de la Mesa Directiva, compañeras y compañeros diputados. El verdadero honor de un gobernante resulta del ejercicio de la virtud y del cumplimiento de los deberes que sus gobernados le han confiado. En un Estado democrático no debe imperar nunca la voluntad caprichosa de nadie, sino la ley; y para los servidores públicos, conducirnos con honestidad y cumplirla es un imperativo impostergable, es un deber. Debo decir que esa voluntad caprichosa ha venido encontrando lí­mites en nuestro marco jurí­dico desde la promulgación de nuestra Ley Fundamental en 1917, con el señalamiento de las responsabilidades imputables a los servidores públicos, que hasta hace algunas décadas se limitaba a las faltas oficiales y delitos comunes de legisladores federales, magistrados de la Suprema Corte, secretarios de Estado y Procurador General de la República. En 1982, el régimen constitucional de responsabilidades se amplió a las de carácter administrativo, es decir, los actos de corrupción, e incluyó a todos los servidores públicos, dando respuesta a la demanda creciente de diferentes sectores de la sociedad para prevenir y combatirla. La reglamentación especí­fica para sancionar actos de corrupción, especialmente en la administración pública y la administración de justicia, motivó que las dependencias del Ejecutivo emitieran en 2002 sus propios Códigos de Ética. Dos años más tarde, el Poder Judicial hizo lo propio; mientras tanto, el Legislativo dejaba en suspenso la tarea de dotarse de un código de ética y de normas especí­ficas para sancionar los actos de corrupción de sus servidores públicos. Las demandas sociales para combatir con mayor eficacia la corrupción no perdieron su vigencia en los años siguientes, hasta verse plasmadas en la reforma constitucional de mayo de 2015, con la que se creó el Sistema Nacional Anticorrupción y se incluyó como sujetos sancionables a todas las personas fí­sicas o jurí­dicas que reciban y ejerzan recursos públicos. Hoy nos encontramos ante una nueva oportunidad de subsanar una ausencia inexplicable en el conjunto de normas que rigen a este Poder Soberano. Comencemos por darnos un Código de Ética que norme nuestra conducta en las funciones parlamentarias, legislativas y de representación que tenemos a cargo, e inclusive nuestra conducta cotidiana. Aprobado nuestro Código de Ética, tendremos que avanzar, sin demoras, hacia el establecimiento de las bases constitucionales para que nosotros, servidores públicos de elección popular del Poder Legislativo –federal y local–, podamos ser sancionados por actos de corrupción, como cualquier otro servidor público. Esa es la ruta que debemos recorrer en el Poder Legislativo, pues no de otra forma podremos sumarnos a esta lucha que es de todos: la de prevenir y combatir la corrupción. En la elaboración del Código de Ética que aprobaremos el dí­a de hoy, hemos tomado en cuenta los principios constitucionales que rigen el desempeño de todo servidor público: legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, y hemos definido puntualmente las conductas que los traducen en el caso de esta Cámara de Diputados. Además, hemos incorporado una serie de normas de conducta que nos comprometemos a observar: respeto, ejemplo público, transparencia, independencia, cordialidad, profesionalismo, tolerancia, responsabilidad, integridad, objetividad y todas aquéllas que abonen al cumplimiento de nuestro deber. Compañeras y compañeros legisladores, la corrupción no sólo tiene que ver con el ejercicio indebido de recursos públicos; la corrupción es sinónimo de degradación, de descomposición en el ejercicio del cargo con el que los ciudadanos nos honraron y que nosotros protestamos honrar. Un Código de Ética como el que hoy aprobaremos es sin duda un paso adelante, aunque insuficiente. Consciente de ello, el pasado 7 de abril, presenté ante esta Soberaní­a, la iniciativa de reforma a los artí­culos 109, 116 y 122 de nuestra Carta Magna, que tiene como propósito establecer las bases constitucionales para que también nosotros, servidores públicos de elección popular del Poder Legislativo, podamos ser sancionados por actos de corrupción, como cualquier otro servidor público. Las mexicanas y los mexicanos han depositado en sus 500 representantes, el cuidado de sus bienes jurí­dicos más preciados: su vida, su libertad, su patrimonio y su integridad fí­sica. Confí­o en que la aprobación de nuestro Código de Ética enviará a la sociedad una clara señal de que pronto aprobaremos también la reforma constitucional que servirá para que nosotros, legisladores federales y locales, podamos ser sancionados por actos de corrupción. Donde hay transparencia no se incuba la corrupción, que ofende e indigna a la sociedad, y que mucho ha contribuido a descomponer nuestro tejido social. Por todo esto, hoy más que nunca, es preciso que nos demos a la tarea de restablecer la confianza de los mexicanos en las instituciones públicas, en los hombres y mujeres que las integran. Rogando a cada uno de ustedes, queridos compañeros, con su permiso señor presidente. Quisiera ofrecer primero una disculpa, ciertamente me he excedido en el tiempo, les ruego su comprensión. Me parece que estamos en las circunstancias, precisamente de revisar el futuro de la cámara. Precisamente buscamos respeto, buscamos seriedad y buscamos servir verdaderamente con emoción y con verdadera integridad al paí­s, a México que es nuestra patria. Gracias, que tengan todos muy buena tarde.

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