Sandra Lara presenta Iniciativa de reformas y adiciones a la Ley que Protege la Salud y los Derechos de los no Fumadores

Fecha: 09/02/2014 | Autor: Rocio Berenice Valdez Garcia | Categoría: Noticia

Hace más de 8 años, el 13 de septiembre de 2005 presenté ante la LVIII Legislatura la Iniciativa de Ley de Protección a la Salud de los No fumadores para el Estado de Sinaloa, la cual se aprobó por unanimidad el 10 de julio de 2007.

 

Dicha Ley, vigente actualmente, en su momento fue de avanzada. Sentó las bases para que en el interior de todos los espacios públicos cerrados se delimitaran secciones específicas para fumadores y no fumadores.

 

Sin embargo, en los últimos años se han presentado investigaciones de la Organización Mundial de la Salud que evidencian que no hay ningún mecanismo o tecnología que garantice que las partículas contenidas en el humo del tabaco no se trasladen de una zona a otra.

 

La Iniciativa de Reformas y adiciones a la Ley que Protege la Salud y los Derechos de los no Fumadores que he propuesto ante el Congreso del Estado, la elaboré en conjunto con el joven Gerardo Villegas Díaz, Coordinador General de Jóvenes de Sociedad Educadora de Sinaloa A.C., quien tiene una amplia experiencia en los temas relacionados con la prevención de las adicciones.

 

El humo del tabaco contiene más 4500 sustancias tóxicas derivadas de la combustión que se impregnan y persisten fijadas en las superficies hasta por más de 5 años, las cuales siguen ocasionado su efecto lesivo para la salud, por lo que la división seccional no garantiza un ambiente 100% libre del humo del tabaco. Esta evidencia científica obliga a crear una normatividad congruente con la protección de la salud de la población en los espacios cerrados de uso público.

 

El consumo de tabaco constituye un factor de riesgo de seis de las ocho principales causas de mortalidad en el mundo. Fumar tabaco produce cáncer de pulmón, laringe, riñón, vejiga, estómago, colon, cavidad oral y esófago, así como leucemia, bronquitis crónica, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, cardiopatía isquémica, infarto, aborto y parto prematuro, defectos de nacimiento e infertilidad, entre otras enfermedades. Esto es causa de sufrimiento prevenible y pérdida de muchos años de vida productiva en las personas. El consumo de tabaco produce también perjuicios económicos para las familias y los países debido a los salarios que dejan de percibirse, la reducción de la productividad y el aumento en los costos para la atención médica.

El consumo de tabaco mata a más de cinco millones de personas cada año en el mundo, siendo ésta la principal causa prevenible de mortalidad, ya que mata hasta la mitad de quienes lo consumen.

En México el tabaquismo produce más de 60 mil muertes por año, a razón de aproximadamente 165 muertes por día. La niñez y la juventud son los más susceptibles ya que durante la última década, la edad promedio de inicio en el consumo de tabaco ha disminuido entre los 11 y 12 años e incluso menos.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Adicciones 2011 (ENA 2011), se reporta a nivel nacional una prevalencia de consumo activo de tabaco de 21.7%, lo que corresponde a 17.3 millones de mexicanos fumadores. El 31.4% de los hombres y el 12.6% de las mujeres son fumadores activos (12 millones de hombres y 5.2 millones de mujeres). También reporta una prevalencia de exposición al humo de tabaco ambiental de 30.2%, esto quiere decir que 12.5 millones de mexicanos que nunca han fumado se encuentran expuestos al humo de tabaco ambiental y por lo tanto a sufrir las mismas enfermedades que los fumadores activos.

En Sinaloa al día mueren 4 personas por las 4 principales enfermedades relacionadas con el consumo de tabaco, lo que representa anualmente 1,460 fallecimientos.

 

De acuerdo con la ENA 2011, al Estado de Sinaloa se le ubica en la Región Noroccidental, y ésta presenta una prevalencia de consumo de 20.6%. En cuanto a la prevalencia de exposición al humo de tabaco ambiental, dicha Región reporta un 28.8%.

En la Encuesta de Tabaquismo en Jóvenes, de aplicación en las escuelas secundarias dirigida a estudiantes de entre 13 y 15 años de edad, en el año 2005, arrojó que en Culiacán casi un tercio de los estudiantes (29.2%) ha experimentado o probado el cigarro alguna vez, con poca diferencias de género: hombres (33.3%), y mujeres (23.5%).

Además, en esta encuesta se demostró que los estudiantes están frecuentemente expuestos al humo de tabaco de otros, puesto que 34.6% conviven con fumadores; además, 46.7% refieren que están cerca de fumadores en lugares fuera del hogar.

Como resultado del monitoreo en 24 bares, restaurante y discotecas en la ciudad de Culiacán, se encontró que el nivel promedio de la calidad del aire es de 225 micropartículas por metro cúbico, es decir una calidad extremadamente mala según la clasificación del IMECA, siendo veintiún veces más contaminada que el máximo recomendado por la OMS que es de 10 micropartículas por metro cúbico.

Es conveniente manifestar que la epidemia del tabaquismo afecta al menos a cuatro de los derechos fundamentales consagrados en nuestra Constitución: el derecho a la salud (artículo 4, párrafo cuarto), el derecho a la información (artículo 6°), el derecho a un medio ambiente sano y el derecho de los niños y las niñas a que sus necesidades en materia de salud sean cubiertas (artículo 4, párrafos quinto y octavo, respectivamente). Son estos derechos los que sirven de fundamento constitucional para regular en forma efectiva el tabaco y su consumo.

 

La protección de la salud contra la exposición al humo de tabaco debe ser generalizada a toda la población, a quienes no fuman y a quienes fuman. La mínima protección que el Estado puede proveer – antes que ofrecer servicios de salud que protejan la salud – es establecer un marco normativo que proteja la salud. Tal protección debe garantizarse en lugares de trabajo, transporte público y áreas cerradas y de acceso público pues, en primer lugar, es en espacios cerrados donde las concentraciones de humo hacen que sea más dañino y, en segundo lugar, es allí donde resulta posible controlar que no sea contaminado el ambiente.

 

Existen antecedentes de legislaciones locales (Tabasco, Distrito Federal, Morelos, Zacatecas, Nuevo León, Estado de México, Veracruz, Baja California y Querétaro) que establecen precedentes importantes, pues han ido más allá de la Ley General para el Control del Tabaco que se publicó el 30 de Mayo de 2008, al declararse 100% libres de humo de tabaco, pues en los espacios públicos cerrados no se permite fumar e, incluso, en algunas de ellas se contempla la prohibición de fumar también para otros lugares públicos al aire libre, como lo son parques, estadios, plazas públicas, playas, etc.

 

Es imprescindible que en la Ley ya no se considere como opción contar con secciones interiores para fumar en lugares públicos, pues de acuerdo al Convenio Marco para el Control del Tabaco y sus Directrices deberán establecerse claramente las condiciones bajo las cuales los establecimientos podrán contar con áreas al aire libre donde se permita fumar.

 

Es importante, por certeza jurídica, describir el procedimiento que se debe seguir cuando una persona fume en los espacios 100% libres de humo de tabaco, lo cual se haría en el reglamento correspondiente.

 

Es indispensable dar a los Municipios las facultades necesarias para que puedan vigilar el cumplimiento de la Ley en sus demarcaciones.

 

Se debe adicionar a la Ley un capítulo sobre la participación y denuncia ciudadanas, como herramienta necesaria para su aplicación y vigilancia del cumplimiento.

Considerando todo lo anterior, la medida más sencilla, equitativa, económica y, sobre todo, protectora de la salud de toda la población (fumadora y no fumadora), incluyendo a las personas que laboran en establecimientos mercantiles y que por su trabajo deben asumir este riesgo para su salud, es la de establecer espacios 100% libres de humo de tabaco. Haciéndose necesarias las reformas y adiciones a diversos artículos de la Ley que Protege la Salud y los Derechos de los No Fumadores propuestos en la Iniciativa que presenté, para que podamos convertir los espacios públicos en espacios 100% libres de humo de tabaco.

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